Frentea las mentiras de los que quieren volarlo por los aires, hay que decir verdades demostrables como las siguientes:
No es cierto que alguien fuera sometido a trabajos forzados.
No es cierto que allí murieran centenares de obreros; hubo 14 accidentes mortales.
Gran parte de los reclusos continuaron trabajando en las obras tras alcanzar la libertad condicional.
Los reclusos trabajadores percibían un jornal igual al de los obreros libres y se beneficiaban del subsidio familiar, pagas extras, pluses por carestía de vida, horas extraordinarias, seguro de enfermedad y accidentes de trabajo, etc.
El Patronato para la Redención de Penas por el Trabajo concedía hasta cinco días de redención por cada uno trabajado.
El Decreto de 28 de mayo de 1937 estableció el derecho al trabajo de los prisioneros de guerra y presos no comunes, no la obligatoriedad.
La cifra de presos que pasaron por el Valle es mucho más baja de lo que se cree: en los ocho años en los que hubo reclusos trabajando en el lugar (la construcción se prolongó durante 19) apenas 2.000 presidiarios pasaron por el lugar. Sólo había varios cientos de ellos trabajando de forma simultánea en el monumento: el año en el que más presos participaron en la construcción fue el 48 y la cifra era de 770.
Había tanto presos políticos como comunes.
Presos de toda España solicitaban por los más variados conductos ser trasladados al Valle. No pocos de ellos pedían por carta, por ejemplo, que su familia convenciese al alcalde o al párroco del pueblo para que intercediese por ellos; todavía hoy se conservan varias de estas cartas.
Había varias razones pero la principal de ellas era que trabajar en el Valle daba la posibilidad de redimir condenas de una forma excepcionalmente rápida.
El régimen alimenticio era sustancialmente mejor que el habitual en las cárceles españolas, entre otras razones porque el primer arquitecto del conjunto, Pedro Muguruza, lo había establecido así para que los trabajadores pudiesen realizar sin problemas las duras tareas que se les encomendaban.
Es más, en estas disposiciones se estipulaban también las raciones que debían percibir las familias de los presos, a las que se permitía vivir en las cercanías y que incluso podían pasar temporadas con los condenados.