3/1/11

LA TERRIBLE POLÍTICA SOCIAL DE ZAPATERO EN ESPAÑA

Un informe de FundSocial, La anomalía española: Las leyes que nos alejan de Occidente y dañan la economía y el Estado del Bienestar, constata que “en el transcurso de los últimos años, especialmente a partir de 2004, se han legislado en España una serie de leyes que, consideradas una a una, o bien son únicas o bien son muy excepcionales en la UE y en Occidente”.
Todo este conjunto de leyes y normas “han convertido a España en un país anómalo, totalmente diferente del resto de países europeos y occidentales”, sin que exista “conciencia de este hecho ni de sus consecuencias” entre la opinión pública.
Hasta un mínimo de 10 leyes creadas por el Gobierno socialista, “insólitas en el mundo occidental y desarrollado [...] alteran muy negativamente las infraestructuras sociales y por tanto el modelo de sociedad y el modelo económico”, dice el estudio de FundSocial.
Entre otros ejemplos, el informe señala que “la concepción de matrimonio homosexual altera la finalidad social del matrimonio”, que es “la descendencia y su educación”.
“El matrimonio justifica su preeminencia y singularidad por el papel que desarrolla: es la única institución que garantiza tener hijos y educarlos. No es sólo una forma de convivencia”, continúa el informe.
En una consideración final, FundSocial concluye que “debe hacerse una reflexión, extraer las consecuencias y rectificar eliminando las diferencias legislativas con el modelo occidental y retornar a él. Nunca más España debe volver a ser un país anómalo”.
Las 10 leyes de la desvinculación
1. Ley que modifica el Código Civil para posibilitar el matrimonio homosexual con adopción (3 de julio 2005).
Solamente es posible bajo estas condiciones en Holanda y Canadá. En Bélgica se exceptúa la adopción. Para hacer posible el matrimonio entre personas del mismo sexo en España, se ha sustituido en el Código Civil el concepto de hombre y mujer, y el de padre y madre, por los de cónyuges y progenitores.
Teniendo en cuenta en España hay menos del 2 por ciento de personas homosexuales y que después de 15 meses de vigencia solo se han casado 1.275 parejas, de las cuales la gran mayoría eran hombres, cabe resaltar que se desvirtúa el sentido del matrimonio en nombre de una demanda social inexistente o marginal.

2. Ley Integral de Protección contra la Violencia de Género (28 diciembre de 2004)
Ninguna legislación en el mundo establece que para un mismo delito la sanción pueda ser radicalmente diferente en función de si quien lo comete es un hombre o una mujer. Prohíbe incluso que pueda producirse un proceso de reconciliación en caso de conflicto. Y, además, no es útil: 2006 ha sido el segundo año con más feminicidios de pareja, con un total de 71, además de tener colapsados los juzgados.

3. Divorcio a los tres meses de casados y sin alegar causa (8 de julio de 2005)
Esto es lo que establece la nueva Ley del Divorcio. España es el único país donde el matrimonio es el único tipo de contrato que se puede rescindir por una de las partes sin necesidad de alegar la causa. Tiene puntos de contacto con el repudio del mundo islámico.

4. Fecundación asistida sin limitaciones (25 de mayo 2006)
Muchos países contemplan límites en relación a la edad de la mujer, el que se disponga de pareja estable, el que no pueda implantarse óvulos de otra mujer o el que los espermatozoides sean de su propia pareja y no de donantes. En España todo esto y mucho más es posible.

5. Ley de Identidad Sexual (aprobada en noviembre por la Comisión de Justicia del Congreso y que entrará en vigor el 2007)
Se puede cambiar de sexo en el Registro Civil sin necesidad de presentar ninguna modificación de las características sexuales secundarias. Otro caso único en el mundo.

6. Clonación prácticamente sin limitaciones (en discusión en las Cortes Generales)
Pocos países de occidente la admiten. En Alemania, Francia e Italia está prohibida. En Estados Unidos no pueden recibir fondos públicos (que son prácticamente los mayoritarios en España). Es una medida contraria a la recomendación de Naciones Unidas y la propia UE establece limitaciones en este campo en materia de ayudas.

7. Double-mother

Se ha introducido un artículo a la ley sobre investigación biomédica por el cual, si en una pareja de lesbianas una de las dos tiene un hijo por fecundación asistida, la otra puede inscribirse automáticamente en el registro civil también como madre.

8. Asimetría penal desmesurada sobre el valor de la vida (Modificación del Código Penal de 1995)
Mientras la inducción al suicidio con resultado de muerte está penado de 6 a 10 años de prisión, un médico que practica un aborto ilegal puede recibir una pena de 1 a 3 años, y por tanto es posible que ni siquiera ingrese en prisión.

9. Edad de emancipación sexual a los 14 años (modificación del Código Penal de 1995).
Un adolescente de 14 años puede mantener el tipo de relaciones sexuales que quiera incluso las homosexuales, sin que los padres puedan legalmente oponerse. Para votar, conducir vehículos, o beber alcohol, etc., se exige en cambio tener 18 años.

10. El crecimiento extraordinario de la prostitución

Superior al de los dos únicos países que la han legalizado, Holanda y Alemania. El limbo legal ha convertido a España en el emporio de la prostitución organizada a gran escala y del tráfico de mujeres. El contraste es mayor en relación a la dura legislación francesa que expulsa la prostitución hacia España.